Una sentencia establece el derecho de un padre separado a compensar los encuentros que no disfrutó durante el confinamiento.
El Estado de Alarma no supone un paréntesis sin consecuencias en el régimen de visitas en el caso de custodia compartida. Una de las primera sentencias que aborda esta materia obligará a que un padre recupere las visitas de sus hijos que fueron anuladas entre el 16 de marzo y el 13 de mayo.
Así lo ha establecido el magistrado de un juzgado de Sueca que ha atendido la demanda del progenitor, que reclamaba una compensación por no haber podido disfrutar del habitual régimen de visitas durante dos meses. La sentencia establece que se tienen que subsanar las jornadas que le correspondían durante las vacaciones de Fallas, Semana Santa y las semanas ordinarias. En el auto se deja claro que desde el pasado 18 de mayo se reanudará el sistema de custodia compartida con unas novedades que se acotarán hasta el próximo curso lectivo ya que las dos localidades están en la misma provincia, apenas están separadas por 20 kilómetros y por tanto se puede viajar entre ellas sin problemas.