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El CGPJ estudia mañana el informe que duda de la custodia compartida obligada

Madrid, 18 sep (EFE).- El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará mañana el informe de su Comisión de Estudios que ve "problemática" la posibilidad de que los jueces puedan imponer la custodia compartida de los hijos aunque los padres se opongan si consideran que es lo mejor para los menores.

El informe de la citada comisión considera que la medida, promovida por el Gobierno, dará lugar de manera "más que previsible" a un agudizamiento de "las tensiones y controversias que, frecuentemente, pueden surgir tras la ruptura de convivencia en aspectos tan transcendentes como la educación, la vigilancia y el cuidado de los hijos". 

 

 

http://www.elconfidencial.com/ultima-hora-en-vivo/2013-09-18/el-cgpj-estudia-manana-el-informe-que-duda-de-la-custodia-compartida-obligada_45320/ 

El CGPJ rechaza la custodia compartida si no hay acuerdo entre los padres

El órgano judicial desaconseja la idea de Gallardón de imponerla por ley "por el bien del menor 

 

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad un informe al anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en casos de nulidad, separación y divorcio, en el que recomienda que se limite la custodia compartida a aquellos casos en los que, al menos, lo pida uno de los progenitores.

 

El texto que prepara el Ministerio de Justicia establece que esta modalidad podrá ser establecida por el juez sin que ninguno de los progenitores lo haya solicitado con tal que ambos pidan la custodia exclusiva para sí mismos. En la actualidad, esta posibilidad tiene un carácter excepcional según la regulación que le otorga el vigente artículo 92.8 del Código Civil. Sin embargo, el CGPJ cree que esta posibilidad "puede originar situaciones problemáticas" que "difícilmente puede revertir en interés de los hijos ni servir para que los padres puedan desempeñar de mejor manera las funciones inherentes a la guarda y custodia".

"Por el contrario, es previsible que el otorgamiento de oficio de la guarda y custodia compartida agudice las tensiones y controversias que frecuentemente pueden surgir tras la ruptura de convivencia en aspectos tan transcendentes como la educación, la vigilancia y el cuidado de los hijos", añade.

En Tu corazón no está bien de la cabeza, de Lucía Etxebarria,

Los hombres maltratados por sus mujeres

Concedida la custodia compartida de sus dos hijos a un padre cántabro tras recurrir al Supremo

 Resalta lo establecido por la jurisprudencia en cuanto a que este sistema no debe ser "excepcional" sino "normal" y "deseable"
 

El Tribunal Supremo (TS) concede la guarda y custodia compartida de sus hijos a un padre cántabro, al que se tanto un juzgado de Primera Instancia de Santander como la Audiencia Provincial se lo habían denegado. Así, la Sala Primera del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación presentado por el padre de dos niños de diez y trece años y le ha concedido, tal y como solicitaba, la guardia y custodia compartida por la que los menores estarán periodos de quince días con cada progenitor. El Supremo sostiene en la sentencia que en las resoluciones precedentes "la valoración del interés de los menores no ha quedado adecuadamente salvaguardado".

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/1894321/0/#xtor=AD-15&xts=467263#xtor=AD-15&xts=467263 

 

 

 

 

Padres por la custodia denuncian casos de la mala praxis en psicólogos

 Cuatro de los afectados narran los problemas que han tenido y los motivos por los que han demandado a los profesionales que mediaron en sus juicios

 

 

 

 

Los padres que luchan en los juzgados tinerfeños por la custodia compartida de sus hijos no sólo se enfrentan a una ley que casi siempre es favorable a las madres, sino que, además, algunos tienen que lidiar con la "mala praxis" de psicólogos cuyos informes periciales son fundamentales para que los jueces tomen una decisión. Así al menos lo constatan cuatro de padres que han sufrido este problema y que han decidido denunciarlo ante el Colegio de Psicología o/y poner una demanda judicial. Además, aseguran que ellos son sólo uno ejemplo. "Nos consta que hay muchos otros casos y que habrá más denunciantes", dicen.

 

http://www.laopinion.es/sociedad/2013/08/12/padres-custodia-denuncian-mala-praxis/492448.html 

 

TIRAR DE LOS PELOS Y ABOFETEAR AL MARIDO NO ES VIOLENCIA DE GÉNERO

23 de agosto de 2013. 18:29h Efe.  Murcia.

La Audiencia Provincial de Murcia ha sustituido la pena de 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta a una mujer acusada de tirar de los pelos y abofetear a su marido por otra de cuatro días de localización permanente al considerar que no se trata de un caso de violencia de género.

En contra del criterio sostenido por el Juzgado de lo Penal número Cuatro de Murcia, la Sección Tercera de la Audiencia considera que los hechos probados no son constitutivos de un delito de violencia de género, sino de una falta de maltrato.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el juez de lo Penal declaró probado que el incidente se produjo en la vivienda familiar, ubicada en la localidad de Archena (Murcia), al llegar la denunciada, que se encontraba en proceso de separación de su marido.

 

Ver más:

 

 

 http://www.larazon.es/detalle_normal/noticias/3379503/tirar-de-los-pelos-y-abofetear-al-marido-no-es#.UioMJL6bsTE

Informe sobre el Anteproyecto de Ley que elimina la Excepcionalidad de la Custodia Compartida

Informe sobre el Anteproyecto de Ley que elimina la Excepcionalidad de la Custodia Compartida  Informe sobre el Anteproyecto de Ley que elimina la Excepcionalidad de la Custodia Compartida Informe sobre el Anteproyecto de Ley que elimina la Excepcionalidad de la Custodia Compartida  

  • Informe sobre el Anteproyecto de Ley que elimina la Excepcionalidad de la Custodia Compartida  
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  • La norma adapta las relaciones paterno-filiales a la sociedad actual y modifica el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Registro Civil.
  • Será el juez el que determine qué forma de guarda y custodia es la más conveniente en cada caso atendiendo al interés superior del menor.
  • Para concienciar a los padres sobre la necesidad de pactar será necesario que en caso de ruptura incorporen al proceso judicial un plan de ejercicio de la patria potestad.
  • Se acelerará la liquidación del régimen económico matrimonial y desde la admisión de la demanda se suspenderá la presunción de que los bienes que se adquieran con posterioridad se rigen también por el régimen de gananciales.
  • Se introduce la mediación familiar en el Código Civil.
  • Las medidas adoptadas podrán modificarse cuando lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o cambien las circunstancias de los padres.

 

 

 

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