La corresponsabilidad de la expareja crece más de tres puntos en un año, según el INE
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El primero es el giro impulsado por el Tribunal Constitucional en una sentencia de octubre de 2012, que se va traduciendo en un progresivo cambio de postura entre los jueces, más favorable hacia la corresponsabilidad. Hasta entonces, si no había acuerdo entre los padres, los magistrados no podían conceder la custodia compartida sin el informe favorable de la fiscalía. Es decir, la opinión del ministerio público prevalecía frente al juez. El Constitucional acabó con esta situación que, entendía, rompía el “principio de exclusividad” de jueces y magistrados. “Esto supuso un cambio de mentalidad en la Justicia”, señala Marco, que también se refiere a manifestaciones en la misma dirección del Tribunal Supremo.
A esta circunstancia añade los usos sociales. “Si cuando somos pareja en la mayoría de las familias se tiende a la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos, ¿Por qué ha de cambiar esto tras la ruptura?”, se pregunta la responsable de la entidad. “No es justo ni para los niños, ni para los padres, ni para las madres”. Marco añade un tercer factor: desde el año 2010 distintas comunidades autónomas han impulsado leyes que contemplan la custodia compartida como norma general. Primero fue Aragón, y detrás llegaron la Comunidad Valenciana, Cataluña o Navarra.
http://politica.elpais.com/politica/2014/10/22/actualidad/1413970132_692461.html